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Advierte jueza a SEP y Conaliteg: habrá de cárcel por incumplir suspensión sobre libros de texto



Una juez hizo una advertencia a la SEP y a la Conaliteg sobre la posibilidad de enfrentar sanciones de prisión e inhabilitaciones, en caso de incumplimiento de suspensión sobre libros de texto.


La jueza titular del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa, Yadira Elizabeth Medina Alcántara, advirtió a las autoridades de la Secretaría de Educación Pública y de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, ante la posibilidad de enfrentar sanciones de prisión e inhabilitaciones, en el supuesto de no cumplir con la suspensión que frena la edición y distribución de los libros de texto para educación básica del ciclo 2023-2024.


El aviso fue en respuesta a una notificación realizada por la Conaliteg, dentro de un juicio de amparo, en la que se declaró imposibilitada para cumplir con la suspensión definitiva otorgada al amparo promovido por la Unión Nacional de Padres de Familia (UNPF).


La jueza Medina Alcántara concedió la suspensión definitiva a esta organización el pasado 25 de mayo, pero para el 29 de junio la autoridad judicial determinó que no se había acatado su mandato, por lo que fijó un plazo de 24 horas para que la SEP y la Conaliteg detuvieran la edición y distribución de materiales.


Los libros de texto gratuitos, impugnados por una serie de errores en información y datos, así como con un contenido con “alta carga ideológica”, se comenzarán a distribuir el próximo 28 de agosto, con el inicio del ciclo escolar de educación básica.


En el acuerdo publicado el martes en los estrados judiciales, no se ofrecen detalles de los argumentos que presentó la Conaliteg en relación con su imposibilidad de cumplir con la suspensión.


En su resolución la jueza Medina Alcántara advirtió al organismo la posibilidad de enfrentar las sanciones dispuestas en el artículo 262, fracción tercera, de la Ley de Amparo, luego dar parte a su superior jerárquico y a la Fiscalía General de la República (FGR).


Esa norma establece una sanción de prisión de tres a nueve años, así como una multa de 50 a 500 días, así como la destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar algún cargo público, al servidor que, en carácter de autoridad responsable, no obedezca un auto de suspensión debidamente notificado.

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