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Después de transferencia por convenio 86 diputados; solicitan revisar acuerdo de coalición



Especialistas reiteran que el inciso 10 del artículo 87 de la Ley General de Partidos Políticos prohíbe la transferencia de votos para evitar el engaño al ciudadano de creer votar por alguien y que se le cuente a otro

 

La evolución histórica de la representación legislativa en México ha permitido con anterioridad que, en promedio, por cada diputado plurinominal que se le asigna a una fuerza partidista, ésta requiere haber obtenido cerca de 280 mil votos.

 

Se trata de un reparto de escaños parlamentarios que se sustenta en el artículo 54 de la Constitución, cuyas interpretaciones han buscado garantizar que el valor del voto sea respetado en condiciones de igualdad.

 

Bajo estas premisas, el consultor y exconsejero electoral Rodrigo León Olea advierte que existe una burla a la ley cuando Morena pretende trasferir 86 diputados al PVEM y al PT por la vía de un acuerdo.

 

    “El engaño no para ahí”, afirma al explicar que al haber asignado a través de un convenio votos de Morena a diputados que según éste serán de las bancadas del Verde y del PT, el logo gobernante libera espacios de las plurinominales para conseguir diputados adicionales “sin tener que llegar al límite marcado por la Constitución que es el de 60% máximo por un sólo partido”.

 

En charla con medios nacionales, el investigador comparte las indagaciones a detalle que hizo en torno a cómo se operó esa transferencia al interior de la coalición electoral Juntos Hacemos Historia.

 

Suben pluris por traspaso

 

Ejemplifica el traspaso de votos con la tercera circunscripción del país que corresponde a estados del sureste, donde gracias a la estrategia los legisladores plurinominales de los tres partidos crecerían en una cifra de 18, es decir, 26% de sobrerrepresentación.

 

“Sin los acuerdos de coalición y respetando la proporcionalidad del voto popular y la Constitución, Morena debería tener 60 diputados, el Verde 5 y el PT 3, sumando 68 diputados en esa tercera circunscripción. Sin embargo, con el método de transferencia de diputados, o de votos, por medio de ese acuerdo de coalición, tendrían 86 diputados de un total de 100”, explica.

 

Doctor en derechos humanos con enfoque en políticas públicas y democracia, con maestría en economía financiera y más de 30 años en el análisis de información, Rodrigo León Olea fue consejero electoral del consejo local del Instituto Federal Electoral en Campeche entre 1996 y 2009.

 

Con esa experiencia, el también académico se dio a la tarea de revisar el convenio de coalición, detectando cómo las asignaciones previas al PVEM y al PT no corresponden a candidatos pertenecientes a estos partidos.

 

León Olea revela que, en cada circunscripción, se repite el caso. Y prende la señal de alarma: “En la representación pura, la bancada del Presidente debería tener cerca de 292 diputados y la oposición 208, contando a MC. Sin embargo, los acuerdos de coalición los llevan a tener aproximadamente 373 para Morena y 127 para la oposición”.

 

Engaño al ciudadano

 

“El resultado es que el voto popular es engañado porque, en vez de ser representado en su proporción en las cámaras, el mecanismo utilizado por el partido del Presidente duplica la representatividad del Partido Verde Ecologista y del PT, y reduce artificialmente la representatividad de la población que votó por el PAN, el PRI y MC”, muestra.

 

“La distribución de diputados plurinominales debería acercarse a la representación pura. Sin embargo, la aleja y enfoca la sobrerrepresentación en la bancada del Presidente”, precisa.

 

Recuerda el consultor que la consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei, adelantó que se prevé que el reparto de plurinominales se realice conforme al mecanismo pactado por el Consejo General y los partidos políticos el 7 de diciembre de 2023.

 

Y alerta León Olea que, “a pesar de la clara reglamentación en la ley, el mecanismo utilizado a través de los acuerdos de coalición falsifica ese espíritu y engaña al ciudadano”.

 

Al compartir su análisis, ofrece seis ejemplos concretos de distritos donde los ganadores ampliamente conocidos como militantes, políticos y afiliados a Morena, según el saldo electoral que se sustenta en el convenio de coalición, serán parte de las bancadas aliadas del partido en el poder.

 

Ganadores con 6% de votación

 

Se refiere al caso del distrito federal 02 de Querétaro con cabecera en San Juan del Río.

 

Dice que fue una elección relativamente competida donde el PAN obtuvo 33.6% de los votos y Morena el 39.3 por ciento.

 

    “Sin embargo, el diputado fue asignado al Verde Ecologista por los acuerdos de coalición, partido que sólo obtuvo 6.7% de los votos”, contrasta

 

En el distrito federal 2 de Yucatán, con cabecera en Progreso, Morena recibió 43.2% de los votos, mientras que el PAN tuvo 28.6% de los votos.

 

“Pero ¿qué creen? El diputado se le asignó al Partido Verde, que sólo tuvo 6.1% de los votos”, revela el consultor.

 

Ilustra la trampa con otro caso: el candidato Jorge Luis Sánchez Reyes es morenista desde joven y, de hecho, así lo presume en su CV público. “Sin embargo, será de la bancada del Verde”.

 

En el distrito 8 de Baja California, con sede en Tijuana, Morena tuvo 60% de la votación, pero le asignaron el distrito al PVEM, continúa ejemplificando León Olea.

 

Disfraces partidistas

 

En el distrito 13 de Tlaquepaque, Morena tuvo 28% de los votos. “Su más cercano perseguidor fue MC con 21%, pero el distrito se lo dieron al PT, que tuvo 2% ”, muestra.

 

En el distrito 14 de Guadalajara, Morena ganó con el 36% de los votos. MC tuvo 30%, pero el distrito se lo entregan al PVEM con 6 por ciento.

 

Ahí la candidata fue Marcela Michel López, expresidenta municipal por Morena en Tlajomulco, y quien no tiene ninguna referencia al Verde Ecologista.

 

    “De la misma manera, en la Ciudad de México, tenemos como ejemplo los distritos 20 y 8 de Coyoacán, ganando Morena se los dan al PT, y el 8 de Coyoacán y el 2 de Gustavo A. Madero se los dieron al PVEM”, ilustra.

 

“La periodista Ana María Lomelí Robles no tiene ninguna afiliación al Verde. Se declara de izquierda y feminista, pero será de la bancada del Verde”, indica.

 

Trampeando a la Constitución

 

Exsubdirector de análisis sectorial en Grupo de Economistas y Asociados (GEA), director general de Escala Estudios Económicos y desde el 2015 director general de Incide para el desarrollo, Rodrigo León Olea revisó además cómo impacta este traspaso de votos en el reparto de la representación plurinominal.

 

     “El engaño no para ahí, ya que al asignar con los votos de Morena un diputado al Verde, Morena libera un espacio de las plurinominales para un diputado adicional sin tener que llegar al límite marcado por la Constitución que es el 60% máximo por un solo partido”.

 

De manera que además de realizar un trasvase de votos disfrazado, que el marco legal electoral vigente prohíbe, la coalición oficialista estaría alterando la base numérica derivada de las urnas de la cual el INE deberá partir para la asignación de los 200 espacios de representación plurinominal.

 

“En la tercera circunscripción, correspondiente al sureste de México, Morena obtuvo en 58 distritos por mayoría de votos. Sin embargo, por sus acuerdos de coalición, transferiría 14 al PVEM y 4 al PT”, explica.

 

Un remedio regresivo

 

Rodrigo León Olea fundó y dirigió la comisión para la evaluación de la inversión pública en Campeche, fue coordinador de la licenciatura en economía de la Universidad Autónoma de Campeche y ha participado en las movilizaciones de la marea rosa en esa entidad.

 

Explica que cuando un ciudadano vota por diputados, lo hace directamente por un candidato específico y para que el partido al que pertenece el candidato tenga una representatividad proporcional en las Cámaras por medio de los diputados de representación proporcional.

 

Al revisar la evolución histórica de ese principio que rige el sistema electoral mexicano, recuerda que la existencia de los que primero se conocieron como diputados de partido fue “para que las minorías que no votaban por el PRI –desde los años setenta– estuvieran representadas”.

 

Plantea que, con el tiempo, ya sin la arrasadora mayoría del PRI, las reformas buscaron que la representación en el Congreso fuera similar a la proporción de votos obtenida por cada partido y que se fomentara el diálogo entre todos, cuidando que una sola fuerza no pudiera cambiar la Constitución sin acordar con otras fuerzas.

 

Y de cara a la discusión que antes del 23 de agosto se llevará a cabo en el Consejo General del INE, el investigador sostiene que las fórmulas de reparto de los 200 diputados plurinominales no son autónomas, sino que obedecen a la intención de establecer la adecuada representatividad.

 

“Su historia es de ensayos y errores, entre el equilibrio de los 300 diputados de mayoría relativa y los de representación proporcional. En esa historia surge, en 1996, el inciso 5 del artículo 54 de la constitución política, que limita la sobrerrepresentación a un máximo de 8 por ciento.

 

“Por otro lado, el inciso 10 del artículo 87 de la Ley General de Partidos Políticos prohíbe la transferencia de votos para evitar el engaño al ciudadano de creer votar por alguien y que se le cuente a otro”, subraya.

 

León Olea enfatiza que dicho inciso proviene de las quejas de los partidos por las formas en que se integraban las coaliciones, en las cuales de determinaba un porcentaje para concretar después un traslado de votos, “dando vida artificial a partidos no suficientemente votados”.

 

Es por eso, señala, que se reglamentó que las coaliciones no establecieran un porcentaje de votos a repartir.

 

El análisis que viene

 

    “Sin embargo, el remedio utilizado en estas elecciones resultó más contrario al Artículo 87 de la ley que las versiones anteriores porque ahora se transfieren diputados completos, no sólo porcentaje de votos. Para obtener un diputado plurinominal se necesitan cerca de 280 mil votos. Por medio del acuerdo de coalición de Sigamos haciendo historia, Morena está traspasando 86 diputados al Verde y al PT”, cuestiona.

 

Pero, enfatiza, “la jerarquía relativa de los procedimientos acordados por los partidos políticos en una junta del INE, los códigos, reglamentos frente a la ley y la ley frente a la Constitución determinan un mandato jurídico legal y legítimo”.

 

Esto significa que, si un mecanismo de cálculo contradice la ley y, sobre todo, a la Constitución, “se debe corregir el mecanismo”.

 

Porque, reitera, no pueden ser considerados como procedimientos autónomos a un mandato legal superior, sino que, por el contrario, deben garantizar que éste se cumpla.

 

Desde esa perspectiva, sostiene el consultor que “la jerarquía del artículo 1º de la Constitución, señalando la garantía a los derechos humanos y la no discriminación, no puede avalar la discriminación por preferencia política”.

 

Es decir que “no puede valer menos un voto del ciudadano que votó por el PAN, PRI, MC que los que votaron por PVEM, PT o Morena”.

 

Y es que de quedar la sobrerrepresentación como la pretende el gobierno, el voto de quienes dieron su apoyo a la coalición oficialista tendría casi el doble de representación que el de los mexicanos que optaron por la oposición.

 

Cita León Olea el artículo 39, que afirma que la soberanía reside en el pueblo.

 

 Y enseguida pregunta: “Si un acuerdo de partido es capaz de modificar la igualdad del voto por una discriminación de preferencia partidista, estaría transfiriendo la emanación del poder público, desde el pueblo, hacia una oligarquía de dueños de partidos”.

 

Autor de diversas publicaciones, destacando la de Los derechos humanos y el presupuesto público, hechos y derechos, concluye: “Un acuerdo de coalición no puede sustentar la violación al artículo 87 de la Ley General de Partidos Políticos transfiriendo diputaciones completas que equivalen cada una a cerca de 280 mil votos. Tampoco puede demeritar el artículo 39 sobre la soberanía popular y mucho menos el artículo 1º de la Constitución, avalando trato desigual y, por lo tanto, discriminatorio”.

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