*Una nueva legislación prohíbe la exhibición de productos elaborados con tabaco en tiendas y todo punto de venta
De acuerdo a modificaciones al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) a partir de este domingo queda prohibida en México la exhibición de cigarros y productos de tabaco en tiendas y otros puntos de venta.
Con esta medida la intención de proteger a la población en general contra la exposición al humo del tabaco y también prohíbe fumar todo espacio público y privado como oficinas, escuelas y restaurantes, así sean abiertos.
De acuerdo con la modificación al artículo 33 del citado reglamento, ningún punto de venta en el país podrá mostrar, ni directa ni indirectamente, productos elaborados con tabaco, principalmente cigarros.
Sobre la exhibición directa, el reglamento señala que es “la colocación de los productos de tabaco a través de estantes, mostradores o exhibidores” en donde los clientes de los establecimientos pueden verlos y tomarlos directamente.
En tanto, la exhibición directa, la más utilizada por tiendas, tiendas de conveniencia y súper mercados, se refiere a la colocación encima o debajo del mostrador, en estantes, armarios o cajones cerrados, donde el cliente puede “observar indirectamente dichos productos”.
Estos dos tipos de exhibición son considerados una “acción comercial de publicidad” que se realiza “con el fin de promover y alentar la compra”, de acuerdo con la reforma al reglamento, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de diciembre del año pasado.
Por lo anterior, la exhibición de cigarrillos u otro producto de tabaco no podrá realizarse ya que la misma ley prohíbe “realizar toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco”. Los establecimientos solo podrán mostrar una lista de productos con precios, pero sin marcas, sellos o logotipos.
Acerca de la prohibición de fumar, las autoridades han indicado que los administradores o responsables de cada espacio podrán solicitar a quienes enciendan o fumen un cigarro, que lo apaguen, e incluso podrán pedirles que abandonen el lugar, en caso de no atender la petición. También, deberá colocarse carteles que indiquen la prohibición.
Por su parte, el sector empresarial relacionado con el tabaco ha manifestado su inconformidad con el nuevo reglamento y argumentan que exhibición no es sinónimo de prohibición o publicidad.
“Sería la primera vez en el país que, por disposición oficial, se oculte un producto legal para su venta”, señalaron, en un comunicado firmado por Canacintra, Coparmex, Concamin, Canirac y ANTAD, entre otros organismos.
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